Qué puntos del DNU del Gobierno fueron suspendidos por la Justicia

Mediante una medida cautelar, las juezas María Dora González y Andrea García Vior y el juez Alejandro Sudera consideraron que no se habría configurado la situación de “extrema urgencia” en el decreto.


La decisión judicial hace lugar a un planteo de la Confederación General del Trabajo (CGT) y considera que no se habría configurado la situación de “extrema urgencia” requerida para que el Poder Ejecutivo pueda legislar sobre temas que son potestad del Congreso Nacional.

El DNU 70/2023, publicado el 27 de diciembre pasado, introdujo modificaciones en las leyes laborales referidas a la interpretación de las normas, contratación, jornada laboral, indemnizaciones y actividad sindical. Si bien la vigencia operaba a partir del 30 de diciembre, ahora queda suspendida por la justicia.

En su fallo, la sala integrada por las juezas María Dora González y Andrea García Vior y el juez Alejandro Sudera sostiene que la extensa fundamentación del Poder Ejecutivo sobre la gravedad de la situación económica del país resulta insuficiente para demostrar la urgencia en implementar cambios estructurales en las leyes laborales, máxime cuando algunas de esas normas tienen naturaleza penal.

Asimismo, los camaristas remarcaron que el presidente de la Nación podría haber convocado a sesiones extraordinarias en el Congreso si consideraba prioritario el tratamiento de la reforma laboral.

De este modo, al menos transitoriamente, el Poder Judicial pone freno a las ambiciosas reformas anunciadas por el gobierno en un área sensible como el mundo del trabajo, generando incertidumbre sobre cómo continuará ahora el trámite legislativo de esas iniciativas.

El Gobierno anticipó que apelará el fallo contra la reforma laboral: “Los motivos que dan no son acertados”

El Procurador General de Nación, Rodolfo Barra, cuestionó a la Justicia. “Es nula la decisión, y está fuera de la jurisdicción”dijo, y denunció: “Se están metiendo en la actividad legislativa”.

En diálogo con La Nación + sostuvo: “La Cámara laboral no tiene jurisdicción en el tema, ya que la competencia la tiene el Fuero Contencioso Administrativo y Tributario”.

“Los motivos que dan no son acertados, están haciendo una valoración que le corresponde hacer al Congreso. El tema está en manos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, así que desde todo punto de vista esto es equivocado y lo apelaremos. Lo vamos a discutir”, aseguró.

Por esa línea, criticó: “Lamentablemente: no son capaces de fomentar el pleno empleo, de fomentar las inversiones empresarias. Sin los empresarios, los trabajadores no pueden estar, y sin los trabajadores tampoco pueden estar los empresarios. Hasta ahora hemos dado muestra de que los empresarios prefieren a los países vecinos porque este es un país en el que es difícil invertir, difícil trabajar”.

“Se piensa a veces que es mejor mantener ciertos privilegios y ciertas regulaciones que en algún momento habrán sido justificadas, pero esto siempre se debe manejar de acuerdo a las circunstancias”, dijo.

Y concluyó: “La sentencia de la cámara no tiene fundamento, es muy equivocada, con todo el respeto que merecen los jueces, pero lo vamos a apelar y en pocos días tenemos devuelta la reforma laboral”.

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