La medida alcanza a todo el territorio porteño y busca reducir el impacto negativo del ruido en chicos, adultos mayores, personas con TEA y animales, además de preservar el ecosistema urbano.
La Ciudad de Buenos Aires prohibió el uso de pirotecnia con “efecto audible” en todo su territorio, con el objetivo de proteger la salud de las personas, el bienestar de los animales y el cuidado del ambiente. La decisión amplía una normativa vigente desde 2020 y convierte a toda la Ciudad en una “zona calma libre de pirotecnia sonora”.
“La pirotecnia sonora afecta la salud de personas mayores, de bebés y de personas con TEA. Además, provoca daños a los animales y al ecosistema. Esta decisión también responde a un pedido que escuchamos de forma recurrente en las reuniones con vecinos”, sostuvo.
La medida pone especial énfasis en la protección de las personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA), para quienes los ruidos intensos e inesperados pueden generar crisis sensoriales, ansiedad y episodios de estrés severo. Del mismo modo, beneficia a adultos mayores y niños pequeños, que también sufren las consecuencias del estruendo.
Otro eje central de la prohibición es el cuidado de los animales, tanto mascotas como fauna urbana. Perros y gatos suelen experimentar miedo extremo, desorientación y hasta problemas cardíacos ante los ruidos fuertes, mientras que las aves y otras especies ven alterados sus hábitos y su supervivencia.
La Agencia de Protección Ambiental (APRA) fue el organismo encargado de adecuar la normativa vigente. A través de una resolución, se prohíbe el uso de todo tipo de artificios pirotécnicos con efecto audible, y mediante un decreto del Ejecutivo porteño también se impide su utilización en eventos o espectáculos organizados por el sector público de la Ciudad.
Hasta ahora, la restricción regía solo en un radio de 100 metros alrededor de hospitales, reservas ecológicas y espacios sensibles como el Ecoparque. Con esta ampliación, la prohibición se extiende a toda la Ciudad de Buenos Aires, reforzando una política ambiental y sanitaria integral.
La normativa contempla excepciones puntuales, como el uso de pirotecnia para señales de auxilio, tareas de las fuerzas de seguridad, defensa civil o actividades donde su empleo sea estrictamente necesario por razones de seguridad.
La decisión se apoya en el artículo 26 de la Constitución porteña, que establece que el ambiente es un patrimonio común y que todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano y el deber de preservarlo. En ese sentido, la Ciudad avanza hacia celebraciones y eventos más inclusivos, responsables y respetuosos con quienes más sufren el impacto del ruido.